domingo, 26 de mayo de 2013

Subsidio mayores de 45 sin cargas

  La regulación de este subsidio ha sido modificada tras la reforma del 14 de julio de 2012.

Requisitos para poder acceder a un subsidio por desempleo, sin responsabilidades familiares, por agotamiento de la prestación contributiva.

  • Estar en desempleo
  •  Estar inscrito como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional
  •  Suscribir el Compromiso de actividad
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias
  • Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Tener cumplidos 45 años en la fecha de agotamiento de la prestación.

    La duración del subsidio es de 6 meses y cobrará el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
    En el supuesto de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
    En el supuesto de haber mantenido una relación laboral a tiempo parcial , la cuantía del subsidio se verá reducida en el mismo porcentaje.














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